ENCUENTROS EN LA ACADEMIA (159)

IGNORANTIA IURIS NON EXCUSAT”
         

         Forma parte de la cultura ciudadana común la noticia de que “la ignorancia no exime del cumplimiento de la ley” o, en palabras del Código civil (art. 6) “La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento”. Nadie puede alegar el desconocimiento de las leyes para no cumplirlas. Como subraya la doctrina jurídica esta regla es una expresión de la voluntad del poder político de que el cumplimiento del Derecho es exigible en todo caso. En el Derecho romano hubo excepciones muy notables a favor de los menores, los soldados, los campesinos y las mujeres.


         Este principio básico, que fundamenta la obligatoriedad y exigibilidad del Derecho promulgado, contrasta con la realidad sociológica del grado real de conocimiento de las leyes que tienen los ciudadanos. Y muy especialmente en los tiempos presentes en los que la crisis y los cambios de programas políticos imponen unas innovaciones y modificaciones legislativas tan extensas e intensas que incluso plantean dificultades a los expertos y a los profesionales del Derecho para abarcarlas e interpretarlas. También el Código civil (art. 1.7) ordena que “Los Jueces y Tribunales tienen el deber inexcusable de resolver en todo caso los asuntos de que conozcan, ateniéndose al sistema de fuentes establecido”. Otro aforismo latino –“Iura novit curia”- sintetiza que “el juez conoce el Derecho”.
         

               Bastará una simple pregunta para llegar a la convicción de que hoy mismo ningún ciudadano conoce todo el Derecho promulgado, incluso tratándose de leyes de materias esenciales.

       Estos hechos obligan a pensar en la necesidad de desarrollar servicios de información jurídica. Los medios de prensa, radio y televisión dedican una atención generalmente insuficiente. Los Colegios de Abogados, las Facultades de Derecho, las Academias de Legislación y los Parlamentos no atienden a esa necesidad social tan acuciante.

         El maestro Díez Picazo considera que la vigencia real de las leyes necesita la “consuetudinarización” de las mismas, es decir, que impregnen la vida cotidiana, que se implanten en la vida social. En estos tiempos de tan masiva producción de normas, la promulgación debe continuar con la difusión de las mismas.

         Esto es otro reto para la efectividad de la democracia. Como han señalado los analistas expertos, las tres causas de la crisis de un sistema democrático son la liberalización de la demanda ciudadana de prestaciones y servicios más allá de lo económicamente razonable, el atender prioritariamente a las pretensiones de la clientela política –es decir, a los votantes de la mayoría gobernante- y la ocultación del poder, o sea, la falta de transparencia y de difusión de la realidad concreta de la gestión del interés público. Si a esto se une la dificultad para conocer las nuevas leyes vigentes el resultado sería un caos de inseguridad y de facilidad para la corrupción.

                                                           Alfonso Pérez Moreno
                                               Académico de Santa Cecilia

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