LOS ACADÉMICOS
CUERPO DE ACADÉMICOS
![]() |
CONSTITUCIÓN DEL CUERPO DE ACADÉMICOS - 11 septiembre de 1984 |
CAPITULO VI
CUERPO DE ACADÉMICOS DE ARTES, CIENCIAS Y LETRAS
Y SU REGLAMENTO
Art. 35º.- DENOMINACIÓN Y NATURALEZA:
La Academia constituyó en 1984 el denominado Cuerpo de Académicos de Artes, Ciencias y Letras de la Academia de Bellas Artes Santa Cecilia de El Puerto de Santa María, que se basa en los principios de Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Constitución de la UNESCO y tiene los siguientes fines:
- Promover la creación artística y literaria y la investigación científica en todas sus facetas.
- Contribuir a la reflexión y el debate cultural (desde la concepción de que la ciencia también es cultura).
- Difundir manifestaciones culturales de distinto signo, para favorecer el acceso de la ciudadanía al conocimiento.
- Coadyuvar a la protección y rehabilitación del patrimonio histórico, entendido como factor cultural y educativo así como factor de desarrollo.
- Formar parte, en su caso, de órganos consultivos de la Administración Municipal, a instancia de ésta.
Art. 36º.- Podrán ser académicos/as de esta entidad las personas que cuenten con un acreditado currículo y un reconocido prestigio en los campos de las Artes, las Ciencias y las Letras.
Art. 37º.- El Cuerpo de Académicos está constituido por 30 Académicos de Número, y un número indeterminado de Académicos Correspondientes, Académicos de Honor y Académicos de Honor a Título Póstumo, previa aceptación por parte de sus familiares directos, en caso de que los hubiese.
a) Son Académicos de Número los elegidos como tales que tengan fijada su residencia permanente o temporal en El Puerto de Santa María, que desarrollen en la ciudad una continuada labor social de difusión artística, científica o literaria, y que observen las obligaciones que conllevan su condición de Académicos de Número.
b) Son Académicos Correspondientes los elegidos como tales que tengan fijada su residencia y desarrollen su actividad fuera de El Puerto de Santa María y cumplan los cometidos de su condición académica.
c) Son Académicos de Honor los elegidos como tales en virtud de sus especiales méritos en los campos de las Artes, las Ciencias y las Letras. Los académicos de número, y correspondientes de esta entidad que sean nombrados Académicos de Honor causarán baja en la matrícula de académicos de la que formasen parte hasta entonces.
e) La Academia podrá nombrar Académicos de Honor a Título Póstumo a personalidades coetáneas desde la fundación de la Academia que destacaron en los campos de la Artes, las Ciencias y las Letras y que fueron naturales o estuvieron estrechamente vinculados a El Puerto de Santa María.
Art. 38º.- La elección de Académicos de Número, Correspondientes y de Honor y el nombramiento de Académicos de Honor a Título Póstumo seguirán el siguiente procedimiento:
a). A propuesta de la Junta del Cuerpo de Académicos y con la aprobación por 2/3 de la sesión ordinaria de la Junta Directiva de la Academia.
b). A propuesta de la Junta Directiva y con la aprobación por 2/3 de la sesión ordinaria de la Junta del Cuerpo de Académicos.
Art. 39º.- Los Académicos de Número constituyen la base del Cuerpo de Académicos de Artes, Ciencias y Letras de la Academia de Bellas Artes Santa Cecilia. De ellos depende el funcionamiento y gobierno de la corporación, para lo cual gozan de los derechos de voz y voto en cuantos asuntos competen a este órgano. Y en correspondencia con su condición de académicos contraen voluntariamente unas responsabilidades que se concretan en las siguientes obligaciones:
a) Leer su discurso de ingreso y entregar el texto para su publicación.
b) Desarrollar una continuada labor social de difusión de las materias de su dedicación artística, científica o literaria en El Puerto de Santa María.
c) Asistir a las sesiones de los órganos de gobierno y de las comisiones de trabajo de la Academia de las que forme parte.
d) Participar en las actividades organizadas por la Academia.
e) Desempeñar los cargos de gobierno para los que sean elegidos.
f) Cumplir con los cometidos corporativos que se les asignen; (redactar informes y dictámenes; representar a la Academia en actos, comités y reuniones; organizar actividades; responder a discursos de académicos entrantes, etc.).
g) Contribuir a la función social de la Academia con la impartición de conferencias y la entrega de textos originales para su revista.
Art. 40º.- Los Académicos Correspondientes contraen las siguientes obligaciones:
- Leer su discurso de ingreso y entregar el texto para su publicación.
- Contribuir a la función social de la Academia con la impartición de conferencias y la entrega de textos originales para su revista.
- Informar a la Academia de aquellos asuntos artísticos, científicos y literarios que se desarrollen en su lugar de residencia, y si lo considera conveniente, en otros ámbitos territoriales.
- Asesorar, en caso necesario, a la Academia en los informes y dictámenes que ésta tenga que evacuar.
- Asistir, si pueden, a las sesiones de los órganos de gobierno del Cuerpo de Académicos.
Art. 41º.- La condición de académico se concede y acepta con carácter gratuito y vitalicio. Sólo puede perderse en los casos que se recogen en estos Estatutos.
Art. 42º.- Los órganos de gobierno del Cuerpo de Académicos de Artes, Ciencias y Letras de la Academia de Bellas Artes Santa Cecilia de El Puerto de Santa María son dos: el Pleno y la Comisión Permanente.
Art. 43º.- El Pleno del Cuerpo de Académicos de Artes, Ciencias y Letras de la Academia de Bellas Artes Santa Cecilia está compuesto por todos los Académicos de Número y Correspondientes, es su principal órgano de gobierno, y es competente en las siguientes materias:
- Establecimiento de las líneas de actuación del Cuerpo de Académicos de Artes, Ciencias y Letras de la Academia de Bellas Artes Santa Cecilia.
- Aprobación de los planes de actuación anuales.
- Aprobación de las memorias de actuación anuales.
- Elección de académicos numerarios, correspondientes, de honor y de
honor a título póstumo.
- Designación de representantes.
- Elección de los componentes de la Comisión Permanente del Cuerpo de Académicos de Artes, Ciencias y Letras de la Academia de Bellas Artes Santa Cecilia.
Art. 44º.- El Pleno del Cuerpo de Académicos de Artes, Ciencias y Letras de la Academia de Bellas Artes Santa Cecilia se reúne en sesión ordinaria una vez al año. Y se reunirá en sesión extraordinaria siempre que el funcionamiento lo requiera legalmente o que se solicite por escrito por una tercera parte de los Académicos de Número.
Art. 45º.- La Comisión Permanente del Cuerpo de Académicos de Artes, Ciencias y Letras de la Academia de Bellas Artes Santa Cecilia está compuesta por los siguientes cargos unipersonales: Director/a, Coordinador/a de la Sección de Artes, Coordinador/a de la Sección de Ciencias, Coordinador/a de la Sección de Letras, Representante del Cuerpo de Académicos en la Junta Directiva de la Academia y Secretario/a. Todos los Académicos de Número pueden participar en las sesiones de la Comisión Permanente, con voz y sin voto.
Art. 46º.- Le corresponde a la Comisión Permanente la aplicación de los acuerdos tomados por el Pleno y la gestión ordinaria del Cuerpo de Académicos. La Comisión Permanente tiene potestad para tomar decisiones definitivas o provisionales en los asuntos urgentes no previstos por el Pleno, que será informado de ellos en la siguiente sesión ordinaria o extraordinaria que se celebre, donde serán refrendados o anulados, si así fuese posible.
Art. 47º.- La Comisión Permanente se reunirá trimestralmente en sesión ordinaria y cada vez que sea necesario, en sesión extraordinaria.
Art. 48º.- Los órganos unipersonales se eligen por cuatro años. En caso de cese, los sustitutos se nombran provisionalmente, por parte de la Comisión Permanente, hasta la primera reunión que celebre el Pleno, donde se procederá a la elección de las vacantes. El periodo de vigencia de los nuevos órganos unipersonales será por el tiempo que reste para proceder a la elección de la nueva Comisión Permanente.
Art. 49º.- El Director será nombrado de entre los académicos de número por un período de cuatro años, pudiendo ser reelegido.
Son funciones del Director:
a) Dirigir y coordinar a la Comisión Permanente.
b) Llevar a cabo los acuerdos tomados en la misma y en el Pleno del Cuerpo de Académicos.
c) Coordinar con la Junta Directiva las actividades propuestas por el Cuerpo de Académicos.
d) Representar al Cuerpo de Académicos en la Junta Directiva.
e) Convocar las reuniones del Pleno del Cuerpo de Académicos, tanto ordinarias como extraordinarias.
f) Asesoramiento a organismos e instituciones en temas científicos, literarios, artísticos, históricos.
g) Convocar las sesiones de las Juntas por medio del Secretario General.
h) Proponer un plan de actividades anual referidas a las Ciencias, Artes y Letras para su realización.
Art. 50º.- Son nombrados por el pleno del Cuerpo de Académicos a propuesta del Director de la Comisión Permanente. Son funciones de los Coordinadores.
a) Asistir a las reuniones de la Comisión Permanente.
b) Proponer actividades relacionadas con las secciones correspondientes.
c) Colaborar con el Director en el desarrollo de sus funciones.
d) Ejercer las funciones que aquél les encomiende para la coordinación y supervision de los fines de la Academia.
e) Sustituir al Director en casos necesarios.
Art. 51º.- El Presidente/a de la Academia de Bellas Artes Santa Cecilia forma parte del Pleno y de la Comisión Permanente del Cuerpo de Académicos de Artes, Ciencias y Letras de la Academia.
Art. 52º.- Corresponde al Secretario del Cuerpo de Académicos las siguientes funciones:
a) Asistir a las sesiones del Cuerpo de Académicos y redactar y autorizar las actas de aquéllas.
b) Efectuar la convocatoria de las sesiones del Cuerpo de Académicos, por orden del Director del Cuerpo de Académicos, así como las citaciones de los miembros con derecho a participar.
c) Recibir los actos de comunicación de los miembros del Cuerpo de Académicos con relación a ésta y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos y rectificaciones.
d) Preparar el despacho de los asuntos, y por lo tanto de la documentación correspondiente que hubiere de ser utilizada o tenida en cuenta.
e) Tener bajo su responsabilidad y custodia el archivo de las actas de las sesiones del Cuerpo de Académicos.
Art. 53º.- Todo lo relativo al régimen de las sesiones ordinarias y extraordinarias, así, como a la presentación de candidaturas para la elección y sustitución de académicos y de cargos de gobierno y representación, las competencias y funciones de los órganos unipersonales, el cambio de condición y el cese de académicos, la administración, el régimen disciplinario y cuantas otras cuestiones no se precisan en este reglamento serán objeto de decisión por parte del Pleno del Cuerpo de Académicos.
Hacer clic sobre el siguiente enlace para abrir el archivo: Académicos: Reseñas biográficas:
Para consultar, imprimir o descargar una memoria anual pulse el año solicitado.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
REVISTAS: PLIEGOS DE LA ACADEMIA
RELACIÓN DETALLADA DE LOS CUADROS CEDIDOS POR EL MUSEO DEL PRADO. PULSAR AQUÍ.
NUESTROS ESTATUTOS. AQUÍ.
Es mi deseo, en el tiempo en que ostente la Presidencia de ésta Institución, promover una mayor visibilidad de la Academia en todos los ámbitos de la sociedad portuense; hacerla más asequible a todos, y que los portuenses la sientan como algo propio como dije en mi primer discurso público el pasado día 12 de mayo en que se impuso la medalla de académico al Ilmo. Sr. D. Rafael Sánchez Saus.
La cuestión es cómo llegar a hacer esto posible, y en eso me pongo en manos de toda la Junta Directiva puesto que si no remamos todos en ese sentido, eso nunca se podrá conseguir. Creo que un puntal esencial en esa visibilidad es la activación de nuestro Blog, y redes sociales, que de hecho desde el cambio realizado a partir del pasado 25 de Abril con la nueva Junta, se nota una actividad incesante.
Tenemos que hacernos más visible e interactuar con, particulares, empresas e instituciones en todas las actividades que tengan que ver con la cultura de esa Ciudad, pero para eso es evidente que también tendremos que acrecentar nuestros ingresos, para repercutirlos después en Cultura.
Y esa es el otro gran objetivo de mi proyecto, acrecentar el número de socios colaboradores tanto numerarios como protectores. Propongo a toda la Junta que repensemos qué empresas o personas podrían, sin gran esfuerzo por su parte, hacer aportaciones a la Academia para su crecimiento. Para ello estoy dispuesto incluso a hacer visitas personales acompañado de algún miembro de esta Junta, el que sea más adecuado en cada momento según la empresa o particular de que se trate. La idea es saber “venderles” la labor que realiza la Academia en la Ciudad y aclararles que cualquier tipo de aportación, bien permanente como cuota, bien puntuales con aportaciones, o para la creación de algún tipo de premio en concursos culturales o mecenazgo para alguna actividad concreta, sería bienvenida. Podríamos, para empezar, comprometernos cada uno de nosotros a hacer 5 nuevos socios colaboradores numerarios.
Durante el período de mi presidencia pretendo también que se estudien los actuales estatutos a fin de analizar si es conveniente actualizar y/o adaptarlos al momento legal actual.
Pretendo igualmente reiniciar las relaciones de la Academia con el Ayuntamiento. No es admisible que exista una escasa relación entre ambas instituciones, y en realidad el Ayuntamiento debería ser el máximo colaborador y protector de esta Academia, tanto por su historia como por la labor que anualmente realizamos en el Puerto.
Es evidente que agradecemos la cesión que del edificio nos hace el Ayuntamiento, pero creo nos tiene que unir una mayor y mejor relación.
Por otra parte, creo que deberíamos hacer más personal la relación con nuestros protectores y mecenas, no puede limitarse la relación a que anualmente le pidamos la colaboración económica…debe haber una relación y contacto más cercanos. Asimismo debe ser más fluida y contínua la relación con los Académicos.
En definitiva me gustaría que todos pensáramos en estas iniciativas se pongan en contacto conmigo o con la Secretaría para aportar las ideas que se os ocurra para ir formando un programa de objetivos a cumplir.
Luis Francisco Garrido Quijano
Presidente de la Academia de Bellas Artes Santa Cecilia
Comentarios
Publicar un comentario